domingo, 22 de marzo de 2015

Un informe de la OSCE acusa a España de perseguir el derecho de manifestación

España no sale bien parada en el informe que han elaborado los observadores de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) con las conclusiones de su visita a Madrid en marzo del año pasado para supervisar el desarrollo de las Marchas por la Dignidad 22-M. El documento no incluye ningún comentario ni recomendación sobre los graves altercados de aquel día, que se saldaron con 67 policías heridos, pero sus autores denuncian la contundencia con la que las autoridades españolas persiguen y sancionan habitualmente a los ciudadanos que participan en manifestaciones no comunicadas, aunque sean pacíficas, y también la traslación de responsabilidades a los organizadores de las protestas.

España no sale bien parada en el informe que han elaborado los observadores de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) con las conclusiones
de su visita a Madrid en marzo del año pasado para supervisar el desarrollo de las Marchas por la Dignidad 22-M. El documento no incluye ningún comentario ni recomendación sobre los graves altercados de aquel día, que se saldaron con 67 policías heridos, pero sus autores denuncian la contundencia con la que las autoridades españolas persiguen y sancionan habitualmente a los ciudadanos que participan en manifestaciones no comunicadas, aunque sean pacíficas, y también la traslación de responsabilidades a los organizadores de las protestas.

Las críticas figuran en el informe "Seguimiento de la Libertad de la Reuniones Pacíficas", un documento de 104 páginas que han elaborado los observadores de la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos (ODIHR, en inglés) de la OSCE tras inspeccionar in situ el ejercicio del derecho de manifestación en diferentes países europeos entre mayo de 2013 y julio de 2014.

La única protesta monitorizada en España por los funcionarios de la OSCE fue precisamente una de las más violentas que se han registrado desde el inicio de la era democrática: las marchas del 22-M. La cita discurrió en realidad sin altercados durante toda la jornada. Sin embargo, justo cuando los organizadores ya estaban leyendo el comunicado final de la manifestación, en torno a un millar de radicales de extrema izquierda lanzó un ataque contra los policías antidisturbios.

Visita de los observadores

Los incidentes se saldaron con abundante mobiliario destruido, más de una veintena de detenciones y 67 policías heridos, un balance sin precedentes que llevó a las Unidades de Intervención Policial (UIP) a denunciar la permisividad que en su opinión impuso ese día el Ministerio de Interior para no transmitir una mala imagen a los observadores internacionales.

Los enviados de la OSCE no emiten ningún dictamen sobre los incidentes, a pesar de que los presenciaron en directo y dispusieron de abundante información en tiempo real. Su dictamen se limita a relatar por orden cronológico y con absoluta frialdad cómo se desencadenaron los hechos, sin efectuar ningún tipo de valoración al respecto, aunque su relato adopta por momentos la óptica de los responsables de los altercados. “Los manifestantes pacíficos comenzaron gradualmente a resistir la presión de la Policía. Un número de ellos lanzó piedras y utilizó otros objetos para resistirse a la intervención de la Policía”, señala el informe.

“De acuerdo con la información procedente de la Policía, aproximadamente 30 individuos fueron detenidos (incluyendo tres menores, según los organizadores) por cometer actos violentos (uso de fuerza contra la Policía, participación en altercados, provocar daños en bienes públicos). En torno a 67 agentes de Policía fueron heridos. La Policía lanzó pelotas de goma y granadas de humo durante la operación”, termina el documento sin realizar ninguna otra valoración sobre este episodio.

Derecho de reunión en España

Pero los observadores sí se extienden, en cambio, sobre las precarias condiciones en las que a su juicio ejerce el derecho de manifestación en España. Su dictamen en este sentido es contundente. Denuncian que la normativa nacional sancione a los promotores de manifestaciones que hayan sido expresamente prohibidas por el único motivo de no haberlas comunicado previamente. Asimismo, censuran que los ciudadanos que participen en esas concentraciones no comunicadas también se arriesguen a ser multados, aunque las protestas se desarrollen pacíficamente.

En efecto, la legislación española obliga a comunicar las concentraciones aunque no exige que cuenten con autorización previa para poder celebrarse. Aquellos que deciden no informar de las convocatorias y asisten a ellas se exponen a ser acusados por el delito de “desobediencia a la autoridad”. También pueden ser multados por vía administrativa con 300 euros por una infracción leve según la actual Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, aprobada en 1992.

La nueva Ley de Seguridad Ciudadana impulsada por el Ministerio de Interior, que ya está en el Senado, no sólo mantiene la sanción por la asistencia protestas no comunicadas sino que eleva su cuantía máxima hasta los 600 euros y crea una nueva infracción de carácter muy grave que contempla multas de hasta 600.000 euros para quienes se manifiesten sin aviso previo “en infraestructuras o en instalaciones en las que se prestan servicios básicos para la comunidad o en sus inmediaciones”. Del mismo modo, la legislación española considera responsable de los daños provocados por una protesta, así como las infracciones cometidas, a los organizadores o promotores de la convocatoria.

Contraviene las recomendaciones de la ONU

Los funcionarios de la OSCE consideran que la normativa incumple los estándares internacionales. Afirman que es “especialmente preocupante que, en muchos de los Estados supervisados, los organizadores de reuniones no anunciadas puedan ser castigados con sanciones especialmente duras independientemente de la tranquilidad de las protestas o la falta de alteración del orden público”. En su opinión, esta práctica “se puede utilizar para limitar indebidamente el ejercicio del derecho a la libertad de reunión pacífica”. “En este contexto”, prosiguen, “la amplia discrecionalidad con la que las personas pueden ser identificadas como organizadores de las protestas en España es especialmente problemática”.

Los observadores recuerdan que la ONU ha defendido que “los organizadores de protestas no deben enfrentarse a multas o penas de prisión por no notificarlas a las autoridades”. Asimismo, “el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) también ha declarado que ‘la libertad de participar en una reunión pacífica es de tal importancia que una persona no puede ser objeto de una sanción, incluso en el extremo inferior de la escala de sanciones disciplinarias por participación en una manifestación que no ha sido prohibida, siempre y cuando esta persona no haya cometido ningún acto reprobable en tal ocasión”.

Los funcionarios internacionales terminan su referencia a la situación española subrayando que “someter a los organizadores y participantes (en manifestaciones) a estas sanciones puede tener un importante efecto disuasorio para las persona s que deseen ejercer sus libertades fundamentales” e insistiendo en que la “responsabilidad subsidiaria de los organizadores en los daños causados por los participantes en las protestas también es igualmente problemática”. 

El Confidencial



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