A finales de noviembre, el Gobierno ucraniano anunciaba su intención de suspender el Convenio Europeo de Derechos Humanos en los territorios fuera del control del Gobierno. En aquel momento, la noticia pasó completamente desapercibida en la prensa. Ahora, meses después, Ucrania sigue utilizando los mismos argumentos, principalmente la agresión rusa, para suspender derechos básicos a una problación que ya ha sufrido la guerra no declarada de Kiev y que ahora ni siquiera merece, según el que dice ser su
Gobierno, tener garantizados derechos humanos básicos.
A menudo parecería que el metafórico “fondo” que toca Ucrania es más y más bajo cada día. Frente a las celebraciones del Día de la Victoria y el 70º aniversario de la gran victoria, la Verkhovna Rada presentó, sin que se produjeran apenas reacciones, la suspensión de ciertos derechos garantizados por el Convenio Europeo de Derechos Humanos. La ley ya ha sido aprobada.
El régimen de Kiev admite abiertamente admite haber aprobado leyes que violan el derecho internacional para la protección de los derechos humanos. Pero en lugar de derogar esas violaciones de los derechos fundamentales de sus ciudadanos, las autoridades ucranianas han decidido, orgullosas, presentar su informe ante las Naciones Unidas y la Asamblea del Consejo de Europa.
¿Por qué querrían notificar oficialmente a la ONU y a PACE esta discriminación? El inhumano cinismo de Kiev es único. Enumeremos los derechos humanos que el Gobierno ucraniano ha “suspendido”. Al fin y al cabo, estos crímenes han de ser nombrados, descritos y expuestos.
Se cancelan el derecho a la defensa legal, la libertad y seguridad personal y las garantías contra detenciones arbitrarias y asesinatos extrajudiciales. Se elimina la igualdad ante la justicia, así como la presunción de inocencia. Los ciudadanos se ven desprovistos de su derecho a elegir su lugar de residencia, libertad de movimiento y la posibilidad de abandonar su propio país o incluso acceder a él. Se elimina una serie de obligaciones sociales del Estado. Se priva a personas con discapacidad de su derecho a la integración y participación en la sociedad, se abolen las provisiones para los derechos de la familia; la protección social, legal y económica a madres solteras y personas mayores; el derecho a la vivienda y la protección contra la pobreza y exclusión social.
Estas restricciones legales entran en vigor en la zona ATO, que en sí misma ya constituye una discriminación y está expresamente prohibido por el derecho internacional en el ámbito de los derechos humanos.
Se puede agradecer a la junta de Kiev esta iniciativa legislativa, que vuelve a mostrar una vez más su carácter inhumano. Todo ello puede ser de buena ayuda en un futuro Tribunal Internacional.
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